La Cámara de Diputados aprobó la reforma a la ley de pensiones impulsada por el presidente Gabriel Boric. El texto, que ya había sido avalado por el Senado, fue enviado al mandatario para que lo promulgue, informó la propia Cámara en un comunicado.
El Gobierno ingresó el miércoles 15 de enero, las esperadas indicaciones de la reforma previsional a la Comisión de Trabajo del Senado. Las enmiendas, agrupadas en 176 páginas, se hicieron públicas tras haber conseguido un acuerdo con los senadores de Chile Vamos que componen dicha instancia, logrando destrabar los grandes nudos que han existido en la última década al debatir sobre pensiones en el país.
Dos semanas después, el 29 de enero, tras un extenso debate en la Cámara de Diputados, finalmente se aprobó la reforma previsional. El proyecto fue aprobado por 110 votos a favor y 38 en contra, lo que dio paso a la votación de una serie de artículos que se solicitó votar de manera separada por las enmiendas que realizó el Senado, las que finalmente tuvieron un amplio respaldo, por más de 100 votos en promedio, evitándose así la creación de una comisión mixta.
Para comparar, explicaremos cómo funciona actualmente el sistema previsional en Chile:
Actualmente la cotización previsional obligatoria para los trabajadores es del 10% de su remuneración imponible, monto que se destina exclusivamente a las cuentas individuales de cada trabajador y es administrado por las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP).
Adicionalmente, los empleadores aportan un 1,53% en promedio del salario imponible para financiar el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS). Este porcentaje puede variar según la AFP.
Por lo tanto, en términos generales:
- Aporte del trabajador: 10% (obligatorio).
- Aporte del empleador (SIS): 1,53% promedio.
Con la reforma previsional propuesta, se busca aumentar el aporte del empleador en un 7% adicional.
A continuación, un resumen de los puntos clave de la reforma:
1. Incremento de la cotización previsional
- Aumento de 7% en la cotización adicional: Este aporte será financiado exclusivamente por los empleadores y se implementará de manera gradual en un plazo de nueve años.
Desglose del 7%:
- – 4,5%: Irá directamente a las cuentas individuales de los trabajadores.
- – 1,5%: Inicialmente será destinado a un nuevo Seguro Social bajo el concepto de «Aporte con Rentabilidad Protegida». Este monto se devolverá a las cuentas individuales de los trabajadores, con reajustes e intereses, después de 30 años.
- – 2,5%: Financiará el Seguro Social de manera permanente, cubriendo el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS) y una nueva compensación para mujeres.
2. Creación de un Seguro Social
Este fondo reemplazará al actual Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS) y tendrá varios objetivos:
- Beneficio por años cotizados: Los pensionados recibirán 0,1 UF por cada año cotizado, con un tope de 2,5 UF (25 años cotizados). Requisitos:
- Mujeres: 13 años cotizados.
- Hombres: 20 años cotizados.
- Compensación por diferencias de expectativa de vida: Las mujeres recibirán un aporte adicional para equilibrar las diferencias de pensión respecto a los hombres. Esto garantizará un mínimo de $10,000 mensuales adicionales.
- Aporte con Rentabilidad Protegida: Se trata de un mecanismo temporal que asegura que el 1,5% de la cotización adicional retorne a los trabajadores al momento de jubilarse.
3. Aumento de la Pensión Garantizada Universal (PGU)
La PGU se incrementará de $224,004 a $250,000 mensuales de forma gradual en un plazo de 24 meses, priorizando a los pensionados de mayor edad.
4. Gradualidad en la implementación
El incremento de cotización del empleador se realizará progresivamente:
- Primeros dos años: Aumento de 1% anual, destinado al Seguro Social.
- Años siguientes: Incrementos de 0,75% y 0,7% hasta completar el 7% en nueve años.
- A partir del tercer año, parte del incremento comenzará a destinarse a las cuentas individuales.
5. Centralización de la administración
- Un nuevo organismo autónomo gestionará el Seguro Social, incluyendo la licitación de fondos a privados para su rentabilidad.
- La Tesorería General de la República o una entidad privada se encargará de la recaudación de las cotizaciones.
6. Beneficios adicionales
- Seguro de lagunas previsionales: Cubre períodos sin cotización mediante el Seguro de Cesantía.
- Simplificación para trabajadores independientes: Se establece un mecanismo más sencillo de cotización para trabajadores por cuenta propia.
- Flexibilidad en rentas vitalicias: Se reduce el umbral mínimo a 2 UF para contratar este tipo de pensiones.
El Gobierno estima que esta reforma beneficiará a 2,8 millones de adultos mayores, incrementando sus pensiones entre un 14% y 35%.